CONGRESO XXXV NACIONAL AEDAF

Este Congreso está teniendo lugar en San Sebastián los días 26, 27, y 28 de octubre de 2023.

En la inauguración han estado presentes Stella Raventós, presidente de AEDAF, Gonzalo Apoita, delegado territorial de AEDAF en el País Vasco y Javier Gómez Taboada, vocal responsable de Estudios e Investigación y la viceconsejera de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco, Itziar Agirre.

A lo largo de las catorce sesiones del programa se tratan temas de relevancia como el impuesto sobre sociedades, el nuevo valor de referencia, el uso de la inteligencia artificial por parte de la Administración o la implantación de la factura electrónica.

El XXXV Congreso Nacional AEDAF reúne hasta el sábado a más de 60 ponentes expertos en cada una de las materias y un total de 350 asistentes. En el siguiente post reflejamos la participación de nuestro socio de Vigo, Rubén Rúa Prieto en las sesiones celebradas relativas al valor de referencia.

SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 26 DE OCTUBRE – VALOR DE REFERENCIA

En el día de ayer ha tenido lugar la sesión de “Puesta al día sobre las anomalías detectadas y sus efectos prácticos relacionados con el valor de referencia tras dos años en vigor”

Participaron Rubén Rúa Prieto, coordinador del Grupo de Expertos en Haciendas Locales y Catastro de AEDAF, y Juan Manuel Herrero de Egaña Espinosa de los Monteros y Manuel Esclapez Escudero, miembros del Grupo de Expertos en Haciendas Locales y Catastro de AEDAF.

Como moderador, Diego Marín-Barnuevo Fabo, miembro del Grupo de Expertos en Haciendas Locales y Catastro de AEDAF.

Imagen de la Ponencia donde participaron Rubén Rúa Prieto, coordinador del Grupo de Expertos en Haciendas Locales y Catastro de AEDAF, y Juan Manuel Herrero de Egaña Espinosa de los Monteros y Manuel Esclapez Escudero.

¿QUÉ PASA CUANDO EL VALOR DE REFERENCIA ES INCORRECTO?

El ya conocido “Valor De Referencia”, atribuye a los inmuebles un valor objetivo, a efectos de su tributación en la base imponible del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Patrimonio y del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en los que, hasta entonces, se tributaba con base en el “valor real”. Ello, salvo que el valor declarado en la escritura sea superior, en cuyo caso se aplica este último.

Como decimos, existe a día de hoy gran problemática en la asignación del valor de referencia, que ha sido tratada en las sesiones celebrada y a las que también hemos hecho alusión constante en nuestra página.

En nuestro blog hemos publicado diversas entradas acerca de los motivos que pueden llevar a impugnar el valor de referencia y también acerca de cuál es el momento oportuno para realizar tal impugnación.

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En caso de que estés interesado en revisar e impugnar el valor de referencia, desde nuestro despacho estamos especializados en todo tipo de procedimientos catastrales a nivel nacional y ofrecemos servicios de asesoramiento e información para todos los contribuyentes.

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