Blog

PROCEDIMIENTO PARA RECURRIR EL VALOR DE REFERENCIA

PROCEDIMIENTO PARA RECURRIR EL VALOR DE REFERENCIA

¿QUÉ ES EL VALOR DE REFERENCIA? El ya conocido “Valor De Referencia”, atribuye a los inmuebles un valor objetivo, a efectos de su tributación en la base imponible del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), del Impuesto...

leer más
NUEVAS PONENCIAS DE VALORES APROBADAS EN 2022. MUNICIPIOS AFECTADOS

NUEVAS PONENCIAS DE VALORES APROBADAS EN 2022. MUNICIPIOS AFECTADOS

La Ponencia de Valores regula los criterios por los que se valorará el suelo y las construcciones en un determinado territorio. Es un documento elaborado por la Dirección General del Catastro que recoge los criterios, módulos de valoración y demás elementos precisos para llevar a cabo la determinación del valor catastral.

leer más
Residencia Universitaria. Caso de Éxito Tributación Local

Residencia Universitaria. Caso de Éxito Tributación Local

Actualmente, el sector del Real Estate ha encontrado en las Residencias Universitarias un activo de gran valor. Estos activos alternativos presentan múltiples ventajas frente a los tradicionales, entre las que se encuentra, en primer lugar, que aportan una mayor...

leer más
¿CÓMO IMPUGNAR EL VALOR DE REFERENCIA?

¿CÓMO IMPUGNAR EL VALOR DE REFERENCIA?

El 1 de enero de 2022, ha nacido un nuevo concepto tributario, el “Valor De Referencia Del Mercado Inmobiliario”, que atribuye a los inmuebles un valor objetivo, a efectos de su tributación en la base imponible del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Patrimonio y del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en los que, hasta entonces, se tributaba con base en el “valor real”

leer más
El Constitucional cierra las puertas a reclamar la Plusvalía si hay una resolución administrativa o judicial firme

El Constitucional cierra las puertas a reclamar la Plusvalía si hay una resolución administrativa o judicial firme

Por ahora, todas aquellas plusvalías que se encuentren ya recurridas con anterioridad a la publicación del fallo y que no hayan obtenido una resolución firme, se beneficiarán de los efectos de la misma. No obstante, el Tribunal Constitucional cierra la puerta a reclamaciones posteriores a la publicación de la referida sentencia en el BOE y también a situaciones donde se haya obtenido una firmeza judicial o administrativa.

leer más

Suscríbete a nuestra Newsletter

Te enviaremos las novedades jurídicas más relevantes.