¿QUÉ CAMBIOS SE HAN PRODUCIDO?

Actualmente la Dirección General del Catastro ha publicado el nuevo apartado de “Valores de referencia para el ejercicio 2024”.

Si bien la Resolución de la Dirección General del Catastro, sobre elementos precisos para la determinación de los valores de referencia de los bienes inmuebles urbanos del ejercicio 2024 aún no es definitiva, se ha abierto el trámite de audiencia.

La propuesta de resolución ya se encuentra subida, con lo que procederemos a analizarla en este post, en un primer acercamiento a las novedades para este 2024.

COMPARATIVA DE RESOLUCIONES DE 2023 V.S. 2024

A continuación analizaremos si han tenido lugar cambios reseñables en las dos resoluciones de valoración, para apreciar si habrá cambios en la valoración de los inmuebles.

1. En primer lugar, analizando el ámbito de aplicación de la resolución, vemos que no ha cambiado, manteniendo las mismas situaciones de exclusión que en 2023.

  • En este sentido, hemos tenido casos de éxito que han sido estimados por exclusión del ámbito de aplicación del valor de referencia. Esto es, son caso en los que no procedía aplicar el valor de referencia y se debe liquidar por el valor de escrituras.
  • Podéis consultarlo en nuestro blog de ser de vuestro interés: “Las oficinas no deben tener valor de referencia”

2. La fórmula de cálculo del valor de referencia también se ha mantenido invariable.

3. No obstante, hay salvedades en relación con ciertas reglas de valoración y también con ciertos coeficientes reductores:

A. En las reglas de valoración del suelo de los inmuebles con uso Almacén-estacionamiento se añade:

“En el caso de inmuebles con construcción principal almacén-estacionamiento no se tendrá en cuenta, a efectos de la valoración del suelo, el exceso del doble de la superficie privativa del inmueble, para lo cual el resultado de aplicar el criterio indicado en el párrafo anterior se corregirá por aplicación de un coeficiente reductor de cuantía igual a dos veces la superficie privativa del inmueble dividida por su superficie total (incluida la parte correspondiente de elementos comunes). Dicho coeficiente se expresará en porcentaje y no podrá ser superior a 100.”

B. En la valoración de las construcciones se puntualiza que:

“A estos efectos, en el caso de inmuebles con construcción principal almacén- estacionamiento no se tendrá en cuenta en el valor de la construcción, el exceso del doble de la superficie privativa del inmueble, para lo cual el resultado de aplicar el criterio indicado se corregirá por aplicación de un coeficiente reductor de cuantía igual a dos veces la superficie privativa del inmueble dividida por su superficie total (incluida la parte correspondiente de elementos comunes). Dicho coeficiente se expresará en porcentaje y no podrá ser superior a 100”.

C. Coeficiente N) Depreciación económica

En la nueva redacción se prevé la posibilidad de aplicar el Coeficiente N) también a la Tipología 1.2.3. Garajes y porches en planta baja,que antes no se recogía en su ámbito de aplicación. Expresamente, se dice:

“En dichos municipios, para la valoración de construcciones de tipologías 1.1.3, 1.2.3, 2.2.1 y 2.2.2 con destino garaje-aparcamiento y tipologías 1.1.3, 1.2.3, 1.3.2 y 2.1.3 con destino almacén, que formen parte de fincas valoradas por repercusión, será de aplicación un coeficiente N de depreciación de importes respectivos 0,80 (MBR4), 0,70 (MBR5), 0,60 (MBR6) y 0,50 (MBR7).”

4. Por ahora, los restantes coeficientes se mantienen igual que el pasado año (locales interiores, antigüedad, estados de vida, etc.)

CONCLUSIONES

  • En general, ha habido ciertos cambios que pueden resultar significativos y eventualmente redundar en un mayor ahorro, para el caso de que no estén siendo aplicados o incluidos en la nueva valoración del año 2024.
  • Asimismo, por nuestra experiencia, el valor de referencia tiende a subir año a año. Por ello, recomendamos revisar las valoraciones en caso de que se vaya a adquirir un inmueble en los próximos meses o en el próximo año.
  • Por último, recordar que este documento está siendo sometido a un trámite de audiencia y que habrá que esperar al definitivo para confirmar los cambios citados.

¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE?

En caso de que estés interesado en conocer más información o vayas a adquirir próximamente un inmueble, te recomendamos revisar su valor de referencia.

Desde nuestro despacho te facilitamos toda la información que necesites, ayudándote a adecuar el nuevo valor de referencia del mercado inmobiliario. ¡Contacta con Nosotros!